{"id":595,"date":"2020-06-26T19:21:15","date_gmt":"2020-06-26T17:21:15","guid":{"rendered":"https:\/\/www.educaciondeadultosprocesosformativos.cl\/revista\/?p=595"},"modified":"2020-07-06T17:49:07","modified_gmt":"2020-07-06T15:49:07","slug":"la-re-insercion-social-en-chile-de-personas-que-han-estado-privadas-de-libertad-y-la-educacion-en-contexto-de-encierro-una-panoramica-de-exclusion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.educaciondeadultosprocesosformativos.cl\/revista\/2020\/06\/26\/la-re-insercion-social-en-chile-de-personas-que-han-estado-privadas-de-libertad-y-la-educacion-en-contexto-de-encierro-una-panoramica-de-exclusion\/","title":{"rendered":"La RE inserci\u00f3n Social en Chile de Personas que han estado privadas de libertad y la Educaci\u00f3n en Contexto de Encierro: Una Panor\u00e1mica de exclusi\u00f3n"},"content":{"rendered":"[et_pb_section fb_built=&#8221;1&#8243; _builder_version=&#8221;3.24.1&#8243; custom_padding=&#8221;0px||0px|||&#8221; global_module=&#8221;278&#8243; saved_tabs=&#8221;all&#8221;][et_pb_row _builder_version=&#8221;4.0.9&#8243;][et_pb_column type=&#8221;4_4&#8243; _builder_version=&#8221;4.0.9&#8243;][et_pb_image src=&#8221;https:\/\/www.educaciondeadultosprocesosformativos.cl\/revista\/wp-content\/uploads\/2019\/12\/banner-1-1024&#215;384.jpg&#8221; _builder_version=&#8221;4.0.9&#8243;][\/et_pb_image][\/et_pb_column][\/et_pb_row][et_pb_row _builder_version=&#8221;4.0.11&#8243;][et_pb_column type=&#8221;4_4&#8243; _builder_version=&#8221;4.0.11&#8243;][\/et_pb_column][\/et_pb_row][\/et_pb_section][et_pb_section fb_built=&#8221;1&#8243; _builder_version=&#8221;3.24&#8243; custom_padding=&#8221;3px||1px|||&#8221;][et_pb_row _builder_version=&#8221;3.25&#8243; custom_padding=&#8221;||0px|||&#8221;][et_pb_column type=&#8221;4_4&#8243; _builder_version=&#8221;3.25&#8243; custom_padding=&#8221;|||&#8221; custom_padding__hover=&#8221;|||&#8221;][et_pb_text admin_label=&#8221;T\u00edtulo en espa\u00f1ol&#8221; _builder_version=&#8221;4.0.11&#8243; header_font=&#8221;||||||||&#8221; header_2_font=&#8221;||||||||&#8221; header_2_font_size=&#8221;33px&#8221; hover_enabled=&#8221;0&#8243;]\n<h2 style=\"text-align: left;\">\u200bLa RE inserci\u00f3n social en Chile de personas que han estado privadas de libertad y la Educaci\u00f3n en Contexto de Encierro: Una panor\u00e1mica de exclusi\u00f3n<\/h2>\n[\/et_pb_text][\/et_pb_column][\/et_pb_row][\/et_pb_section][et_pb_section fb_built=&#8221;1&#8243; _builder_version=&#8221;3.24&#8243; custom_padding=&#8221;3px||0px|||&#8221;][et_pb_row _builder_version=&#8221;3.25&#8243;][et_pb_column type=&#8221;4_4&#8243; _builder_version=&#8221;3.25&#8243; custom_padding=&#8221;|||&#8221; custom_padding__hover=&#8221;|||&#8221;][et_pb_text admin_label=&#8221;T\u00edtulo en ingl\u00e9s&#8221; _builder_version=&#8221;4.0.11&#8243; hover_enabled=&#8221;0&#8243;]\n<h3 style=\"text-align: left;\">The RE social insertion in Chile of People who have been deprived of liberty and the Education in Context of Confinement: A Panoramic of exclusion<\/h3>\n<h3>\u200b<\/h3>\n[\/et_pb_text][\/et_pb_column][\/et_pb_row][\/et_pb_section][et_pb_section fb_built=&#8221;1&#8243; _builder_version=&#8221;3.24&#8243; custom_padding=&#8221;0px||0px|||&#8221;][et_pb_row column_structure=&#8221;1_2,1_2&#8243; _builder_version=&#8221;3.25&#8243;][et_pb_column type=&#8221;1_2&#8243; _builder_version=&#8221;3.25&#8243; custom_padding=&#8221;|||&#8221; custom_padding__hover=&#8221;|||&#8221;][et_pb_text admin_label=&#8221;Autor\u00eda y filiaci\u00f3n&#8221; _builder_version=&#8221;4.0.11&#8243;]\n<p><strong>Paula M. Z\u00fa\u00f1iga Correa<br \/><\/strong>Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educaci\u00f3n, Chile<br \/><a href=\"mailto:paula.zuniga2018@umce.cl\">paula.zuniga2018@umce.cl<\/a><\/p>\n[\/et_pb_text][\/et_pb_column][et_pb_column type=&#8221;1_2&#8243; _builder_version=&#8221;3.25&#8243; custom_padding=&#8221;|||&#8221; custom_padding__hover=&#8221;|||&#8221;][et_pb_text admin_label=&#8221;Descarga PDF&#8221; _builder_version=&#8221;4.0.11&#8243;]\n<h3>Descarga este art\u00edculo<\/h3>\n<p><a href=\"https:\/\/www.educaciondeadultosprocesosformativos.cl\/revista\/wp-content\/uploads\/2020\/07\/Texto-3.-Paula-Z\u00fa\u00f1iga-Chile..pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\"><strong>Descarga aqu\u00ed esta publicaci\u00f3n<\/strong><\/a> (formato pdf, 797 KB)<\/p>\n[\/et_pb_text][\/et_pb_column][\/et_pb_row][\/et_pb_section][et_pb_section fb_built=&#8221;1&#8243; _builder_version=&#8221;3.24&#8243; custom_padding=&#8221;0px||0px|||&#8221;][et_pb_row _builder_version=&#8221;3.25&#8243; custom_padding=&#8221;||0px|||&#8221;][et_pb_column type=&#8221;4_4&#8243; _builder_version=&#8221;3.25&#8243; custom_padding=&#8221;|||&#8221; custom_padding__hover=&#8221;|||&#8221;][et_pb_text admin_label=&#8221;Resumen&#8221; _builder_version=&#8221;4.0.11&#8243; hover_enabled=&#8221;0&#8243;]\n<h3>Resumen<\/h3>\n<p>La integraci\u00f3n social plena de las personas que han estado privadas de libertad, es un desaf\u00edo y un derecho al cual deben acceder todas las personas\u00a0 en un contexto digno y justo. En ese sentido, deben generarse pol\u00edticas p\u00fablicas que tiendan a clarificar dicho proceso, y as\u00ed, contribuir a resolver problem\u00e1ticas tales como: la alta poblaci\u00f3n penal, la reincidencia delictual y la marginaci\u00f3n social.<\/p>\n<p>La actual pol\u00edtica\u00a0 de Reinserci\u00f3n Social, menciona\u00a0 la educaci\u00f3n como eje fundamental para\u00a0 el proceso de reinserci\u00f3n, y adem\u00e1s, lo se\u00f1ala como parte de la oferta program\u00e1tica que se compromete a proveer durante la reclusi\u00f3n, mencionando que la educaci\u00f3n en encierro se plantea desde el enfoque de derechos.<\/p>\n<p>Los programas educativos que funcionan al interior de las c\u00e1rceles y de los cuales se espera que sus estudiantes aprendan y se transformen, est\u00e1n anidados en un espacio que transgrede par\u00e1metros b\u00e1sicos para la vida y el desarrollo de las personas, ya que presenta\u00a0 hacinamiento,\u00a0 precarizaci\u00f3n de sus servicios\u00a0 b\u00e1sicos y relaciones de control que validan la violencia.<\/p>\n<p>Cuestionar\u00a0 los paradigmas\u00a0 que subyacen a la pol\u00edtica que anuncia la RE inserci\u00f3n social, propiciando la conciencia de estos, posibilita la comprensi\u00f3n del problema y de sus causas,\u00a0 lo que podr\u00eda traducirse en la construcci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas que definan abordajes m\u00e1s eficientes y pertinentes a las necesidades de las personas privadas de libertad en relaci\u00f3n a su vida en el medio libre.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n[\/et_pb_text][\/et_pb_column][\/et_pb_row][\/et_pb_section][et_pb_section fb_built=&#8221;1&#8243; _builder_version=&#8221;3.24&#8243; custom_padding=&#8221;0px||0px|||&#8221;][et_pb_row _builder_version=&#8221;3.25&#8243;][et_pb_column type=&#8221;4_4&#8243; _builder_version=&#8221;3.25&#8243; custom_padding=&#8221;|||&#8221; custom_padding__hover=&#8221;|||&#8221;][et_pb_text admin_label=&#8221;Palabras clave&#8221; _builder_version=&#8221;4.0.11&#8243;]\n<h3>Palabras clave<\/h3>\n<p><em>RE inserci\u00f3n social, paradigma, pol\u00edticas p\u00fablicas, educaci\u00f3n en contexto de encierro, personas privadas de libertad. <\/em><\/p>\n[\/et_pb_text][\/et_pb_column][\/et_pb_row][\/et_pb_section][et_pb_section fb_built=&#8221;1&#8243; _builder_version=&#8221;3.24&#8243; custom_padding=&#8221;0px||0px|||&#8221;][et_pb_row _builder_version=&#8221;3.25&#8243; custom_padding=&#8221;||0px|||&#8221;][et_pb_column type=&#8221;4_4&#8243; _builder_version=&#8221;3.25&#8243; custom_padding=&#8221;|||&#8221; custom_padding__hover=&#8221;|||&#8221;][et_pb_text admin_label=&#8221;Abstract&#8221; _builder_version=&#8221;4.0.11&#8243; hover_enabled=&#8221;0&#8243;]\n<h3>Abstract<\/h3>\n<p>The full social integration of people who have been deprived of liberty is a challenge and a right that all people must access in a dignified and fair context. In this sense, public policies should be generated to clarify this process, and also contribute to solving problems such as: the high penal population, criminal recidivism and social marginalization.<\/p>\n<p>The current policy of Social Reintegration mentions education like a fundamental axis for the process of social reintegration and also, points it out as part of the programmatic offer that it undertakes to provide during seclusion, mentioning that education in confinement is approached from a rights perspective.\u00a0<\/p>\n<p>Educational programs that operate within prisons and which are expected to generate learning in students who are nested in the prison space without basic parameters for life and development of people, since they present overcrowding, precariousness of their most basic services and control relationships that validate violence.<\/p>\n<p>Question the paradigms that underlie the policy that announces integration in terms of RE social insertion, promoting their awareness, understanding the problem and its causes which could be translated in construction of public policies that define approaches\u00a0 more efficient and pertinent to needs of persons deprived of liberty in according to their life in the free environment.<\/p>\n[\/et_pb_text][\/et_pb_column][\/et_pb_row][\/et_pb_section][et_pb_section fb_built=&#8221;1&#8243; _builder_version=&#8221;3.24&#8243; custom_padding=&#8221;0px||0px|||&#8221;][et_pb_row _builder_version=&#8221;3.25&#8243; custom_padding=&#8221;||5px|||&#8221;][et_pb_column type=&#8221;4_4&#8243; _builder_version=&#8221;3.25&#8243; custom_padding=&#8221;|||&#8221; custom_padding__hover=&#8221;|||&#8221;][et_pb_text admin_label=&#8221;Keywords&#8221; _builder_version=&#8221;4.0.11&#8243;]\n<h3>Keywords<\/h3>\n<p>RE social insertion, paradigm, public policies, education in the context of confinement, people deprived of liberty.<\/p>\n[\/et_pb_text][\/et_pb_column][\/et_pb_row][\/et_pb_section][et_pb_section fb_built=&#8221;1&#8243; _builder_version=&#8221;3.24&#8243; custom_padding=&#8221;0px||0px|||&#8221;][et_pb_row _builder_version=&#8221;3.25&#8243; min_height=&#8221;156px&#8221; custom_padding=&#8221;||0px|||&#8221;][et_pb_column type=&#8221;4_4&#8243; _builder_version=&#8221;3.25&#8243; custom_padding=&#8221;|||&#8221; custom_padding__hover=&#8221;|||&#8221;][et_pb_text admin_label=&#8221;Recepci\u00f3n y aceptaci\u00f3n&#8221; _builder_version=&#8221;4.0.11&#8243;]\n<h3>Recepci\u00f3n<\/h3>\n<p>31 de marzo de 2020 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0<\/p>\n<h3>Aceptaci\u00f3n<\/h3>\n<p>5 de junio de 2020<\/p>\n[\/et_pb_text][\/et_pb_column][\/et_pb_row][\/et_pb_section][et_pb_section fb_built=&#8221;1&#8243; _builder_version=&#8221;3.24&#8243; custom_padding=&#8221;0px||0px|||&#8221;][et_pb_row _builder_version=&#8221;3.25&#8243; custom_padding=&#8221;||0px|||&#8221;][et_pb_column type=&#8221;4_4&#8243; _builder_version=&#8221;3.25&#8243; custom_padding=&#8221;|||&#8221; custom_padding__hover=&#8221;|||&#8221;][et_pb_text admin_label=&#8221;Cuerpo de la publicaci\u00f3n&#8221; _builder_version=&#8221;4.0.11&#8243; hover_enabled=&#8221;0&#8243;]\n<h4 style=\"text-align: left;\">1. Introducci\u00f3n<\/h4>\n<p style=\"text-align: left;\">La reinserci\u00f3n social en Chile se visualiza como un proceso que se constituye en un desaf\u00edo y un deber del Estado hacia algunos grupos marginados, no s\u00f3lo por la pobreza, sino tambi\u00e9n por la falta de oportunidades y\u00a0 la privaci\u00f3n de libertad, \u00e9sta \u00faltima se contempla como el mecanismo jur\u00eddico chileno para brindar garant\u00edas\u00a0 de seguridad a la comunidad en su conjunto y tambi\u00e9n de proveer una instancia de castigo y resocializaci\u00f3n a aquellos que han cometido delitos y que deben pagar con su libertad\u00a0 sus actos delictuales.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">En ese sentido, se contemplan diversas posturas y problem\u00e1ticas en torno a la necesidad de dar oportunidades a aquellas personas que transitan por contextos de encierro y que presentan problemas con la justicia, puesto que se contraponen diferentes paradigmas y objetivos relativos a educaci\u00f3n, seguridad, justicia, entre otros.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">La complejidad de articular cada uno de estos paradigmas, requiere de una comprensi\u00f3n sist\u00e9mica de la problem\u00e1tica en relaci\u00f3n a la diversidad de perspectivas que pueden identificarse de acuerdo a ciertos objetivos. Sin embargo, el inter\u00e9s superior de las personas privadas de libertad es la raz\u00f3n primaria a la que se debe atender, m\u00e1s all\u00e1 de la reinserci\u00f3n social (Torres, 2016)<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Las personas que est\u00e1n privadas de libertad por cometer delitos, en su mayor\u00eda, poseen una historia de vida con experiencias de exclusi\u00f3n socioeducativa, que se presenta a trav\u00e9s de un sistema educativo que no contempla ni reconoce la diversidad sociocultural y econ\u00f3mica del Pa\u00eds, presentando un curriculum oficial \u00fanico, extenso y desarticulado; un sistema evaluativo centrado en la norma y metodolog\u00edas de ense\u00f1anza centradas en la trasmisi\u00f3n de contenidos.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Tales particularidades del sistema educativo chileno contribuyen a la deserci\u00f3n escolar de los grupos sociales m\u00e1s desprovistos, a la marginaci\u00f3n social\u00a0 y vulnera el derecho de acceder y permanecer en un espacio educativo, espacio que debe garantizarse para todos(as). Esta realidad, sit\u00faa a este grupo social en un escenario de exposici\u00f3n y riesgo frente al delito, el que a su vez, puede llegar a ser el factor desencadenante de las conductas delictivas, present\u00e1ndolos social y pol\u00edticamente como uno de los grupos sociales m\u00e1s marginados y castigados. (Walsh, 2009)<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">A su vez, la c\u00e1rcel en Chile como instituci\u00f3n total que controla y castiga, pero adem\u00e1s,\u00a0 que simult\u00e1neamente pretende resocializar para reinsertar, presenta condiciones deficitarias en cuanto a infraestructura,\u00a0 servicios b\u00e1sicos precarizados e insuficientes, escasez de atenciones profesionales especializadas, violencia, castigo, entre otras, (INDH, 2019) evidenciando una realidad que aunque es cruel e inhumana se\u00a0 naturaliza y valida, tanto en la arena social como en la pol\u00edtica, ya que, por ser la c\u00e1rcel el lugar donde van \u201clos delincuentes\u201d los que han perdido su libertad por sus acciones transgresoras, que han sido juzgadas a la luz de la ley, se convierten en merecedores de las penas del infierno que ofrece la c\u00e1rcel.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Por otra parte, la dualidad de la funci\u00f3n de gendarmer\u00eda aporta a la tensi\u00f3n del contexto carcelario, ya que sus formas de abordar a los reclusos desde el control y\u00a0 la vigilancia a los \u201cdelincuentes que deben pagar sus penas\u201d en donde la fuerza y la represi\u00f3n son mecanismos autorizados y consensuados como los \u00fanicos adecuados para establecer el orden impuesto por la institucionalidad de los penales. Sin embargo, deben responder tambi\u00e9n a la misi\u00f3n de resocializar, es decir, contribuir a la reinserci\u00f3n social mediante diversas acciones que consideren a los sujetos(as) privados(as) de libertad, como sujetos de derecho<a href=\"#_ftn1\" name=\"_ftnref1\">[1]<\/a>.\u00a0(Gendarmer\u00eda de Chile, 1979)<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Este doble prop\u00f3sito que tiene la c\u00e1rcel, su encierro y quienes custodian a las personas privadas de libertad, invita al cuestionamiento acerca de la viabilidad de una misi\u00f3n tan opuesta. Por un lado, encerrar y vigilar, y por otro, resocializar y reeducar.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">En este sentido, es vital explicitar que el presente escrito, es de car\u00e1cter educativo, hace descripciones pedag\u00f3gicas y\u00a0 se construye en base a criterios de equidad, desde un enfoque de derecho y desde la particular visi\u00f3n docente de quien analiza y reflexiona, con \u00e9nfasis en acciones pedag\u00f3gicas tendientes a atender a la diversidad socio cultural de Chile, en contextos de encierro y marginaci\u00f3n socio educativa.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Esta mirada, confronta la idea por una parte del deber del Estado de brindar garant\u00edas del derecho a educaci\u00f3n a todos(as) las personas, sin distinci\u00f3n de clases sociales, etnias, condiciones econ\u00f3micas, pol\u00edticas, ni jur\u00eddicas, mediante el dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas que posibiliten el desarrollo y la participaci\u00f3n de la sociedad en su conjunto,\u00a0 y por otra, amerita revisar el discurso pol\u00edtico y como \u00e9ste se traduce o no en pr\u00e1cticas concretas que tributen a la inclusi\u00f3n social\u00a0 como un derecho\u00a0(INDH Instituto Nacional de Derechos Humanos, 2016)<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Cuestionarse las l\u00f3gicas de reinserci\u00f3n social permite de alguna manera intentar explicarse los por qu\u00e9 de la ineficiencia de las pol\u00edticas p\u00fablicas y de ciertas acciones tendientes a ofrecer instancias de desarrollo y\u00a0 participaci\u00f3n para las personas privadas de libertad, esto, con el prop\u00f3sito de brindar oportunidades integrales en el medio libre para mejorar el bienestar y la calidad de vida, promoviendo conscientemente el abandono del delito como pr\u00e1ctica de vida, disminuyendo as\u00ed la reincidencia delictual, desde una mirada de justicia y de equidad.<\/p>\n<h3 style=\"text-align: left;\"><strong>2. \u00bfQu\u00e9 persigue la Pol\u00edtica de Reinserci\u00f3n Social de Personas Privadas de Libertad en Chile?<\/strong><\/h3>\n<p style=\"text-align: left;\">La reinserci\u00f3n social en Chile est\u00e1 entendida como \u201cLa plena integraci\u00f3n a la sociedad de una persona que ha infringido la ley\u201d\u00a0(Comit\u00e9 Reinserci\u00f3n Social. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 2017)\u00a0 \u00c9sta definici\u00f3n es usada en una reciente pol\u00edtica p\u00fablica de reinserci\u00f3n social de personas privadas de libertad. En \u00e9sta, se definen sus objetivos y la poblaci\u00f3n a la cual beneficiar\u00e1, no obstante aquello, su objetivo es difuso e inalcanzable, puesto que adolece de una mirada sist\u00e9mica y multifactorial de la problem\u00e1tica, ya que proyecta en sus orientaciones, que las responsabilidades son personales de aquellos(as) que han cometido delito y que han estado privados(as) de libertad.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Dicha pol\u00edtica p\u00fablica,\u00a0 menciona todo lo que cree que es necesario que debe hacerse dentro de la c\u00e1rcel para que la persona abandone el delito, sin considerar que esos factores que define como relevantes de proveer en el encierro, son elementos que est\u00e1n ausentes\u00a0 para estos grupos marginados tambi\u00e9n en el medio libre y que fueron estas ausencias, las que gatillaron fuertemente el delito, el encarcelamiento y las continuas reincidencias.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">En\u00a0 esta perspectiva, la pol\u00edtica en cuesti\u00f3n, hace referencia a la necesidad\u00a0 de responder desde ejes fundamentales como son: el eje psicosocial, socio familiar, educacional, laboral y de capacitaciones, relevando su importancia y trascendencia en el proceso de reinserci\u00f3n. Pero lo que esta pol\u00edtica no visibiliza ni declara es que las condiciones carcelarias no son suficientes para que estos ejes puedan instalarse en el encierro y en definitiva, traducirse en oportunidades de desarrollo humano para las personas recluidas en el sistema penitenciario.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">La pol\u00edtica de reinserci\u00f3n social no considera que el abandono del delito o desistimiento es un proceso, como lo es tambi\u00e9n el caer en pr\u00e1cticas delictivas, en otras palabras, tanto caer en pr\u00e1cticas delictivas como el abandonarlas requiere de abordajes sist\u00e9micos, no solo para la prevenci\u00f3n sino tambi\u00e9n para la intervenci\u00f3n, contemplando que lo que debe restaurarse es el tejido social para evitar que los sujetos vivan en el delito como resultado de la enormes brechas econ\u00f3micas que afectan a nuestra naci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Es importante considerar aquellos factores sist\u00e9micos que propician el delito y la vida en encierro como una trayectoria muchas veces obligada, determinada por la pobreza, la desigualdad, la injusticia social, en donde la educaci\u00f3n se define como un bien de consumo, por lo tanto, como el privilegio de algunos.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">La labor de la reinserci\u00f3n social de personas que han infringido la ley penal es una tarea especializada, que debe incidir en la mayor cantidad de factores que hayan contribuido al involucramiento de una persona en la actividad delictiva, con el objetivo de reducir la reincidencia y promover su participaci\u00f3n en la sociedad.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">En la experiencia comparada, se han identificado factores que presentan mayor influencia en la reincidencia, a saber: educaci\u00f3n, trabajo, uso de alcohol y drogas, salud f\u00edsica y mental, actitudes individuales y auto-control, habilidades generales para el funcionamiento pro social, relaciones familiares, vivienda, y manejo de ingresos.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">En consecuencia, los sistemas penitenciarios deben estructurar las acciones, planes y programas para la poblaci\u00f3n penal, garantizando que se aborden los factores de riesgo de reincidencia y los factores que promueven el cambio pro social, en procesos que se inicien desde el ingreso de una persona al recinto penitenciario para el cumplimiento de su condena y se extiendan hasta su retorno a la comunidad en el medio libre. Para ello, se debe garantizar la participaci\u00f3n voluntaria de la persona condenada y su familia, as\u00ed como la de organizaciones p\u00fablicas y privadas a nivel central y local.\u00a0(Comit\u00e9 Reinserci\u00f3n Social. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 2017)<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Conocida la especificidad de la labor que debe cumplir la reinserci\u00f3n social de personas que han estado recluidas, es necesario identificar c\u00f3mo y desde que perspectivas se han construido dichas pol\u00edticas, puesto que si dicha pol\u00edtica se dise\u00f1\u00f3 desde la perspectiva de seguridad civil, sus intenciones y resultados no estar\u00e1n enfocados en el propio sujeto privado de libertad ni en su contexto socio cultural, para as\u00ed develar, cuales son las principales causas que lo llevaron a cometer actos delictuales, y pasar por prisi\u00f3n, y de esta forma, levantar acciones que promuevan una vida en libertad .<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">En s\u00edntesis, es insuficiente definir en una pol\u00edtica p\u00fablica de esta naturaleza, a quien est\u00e1 dirigida y lo qu\u00e9 se quiere lograr; sino se define qu\u00e9 se har\u00e1 para lograrlo y c\u00f3mo se instalar\u00e1n tales procesos. Es necesario conocer y reconocer la problem\u00e1tica, identificando cu\u00e1les son los actores implicados, las responsabilidades pol\u00edticas y\u00a0 los principales garantes de derecho antes, durante y despu\u00e9s del encarcelamiento, precisando sus causas y los factores que lo desencadenaron.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">\u00a0La rigurosidad y transparencia pol\u00edtica para identificar los factores de riesgo ser\u00e1n determinantes en la elaboraci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas eficientes en relaci\u00f3n\u00a0 a la reinserci\u00f3n social de personas que han estado en contextos de encierro, ya que en Chile, el proceso de\u00a0 reinserci\u00f3n social ha resultado ineficiente, puesto que un alto porcentaje de personas que han transitado por la c\u00e1rcel, reincide\u00a0(Dipres, 2012) pese a la existencia de pol\u00edticas y recursos asignados para su dise\u00f1o, implementaci\u00f3n y monitoreo.\u00a0<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">\n<h5 style=\"text-align: left;\"><strong>2.1 Valor y sentido de la educaci\u00f3n en la Pol\u00edtica de Re inserci\u00f3n Social<\/strong><\/h5>\n<p style=\"text-align: left;\">La educaci\u00f3n es planteada como uno de los ejes de la oferta program\u00e1tica y cobertura en el sistema cerrado tradicional, que se enfoca\u00a0 en posibilitar la continuidad de estudios en niveles de ense\u00f1anza b\u00e1sica y media. De esta manera, pretende asegurar el Derecho a Educaci\u00f3n de las personas que se encuentran privadas de libertad en el sistema penitenciario, sin considerar los elementos b\u00e1sicos que requiere garantizar para que la educaci\u00f3n pueda ocurrir, sobre todo en un contexto de carencias como lo es un recinto penitenciario. \u201cAl parecer hay m\u00e1s normativas que acciones. Se precisa que en nuestro pa\u00eds hay m\u00e1s reconocimientos normativos de los derechos humanos que acciones: Hay ordenamientos jur\u00eddicos que favorecen los derechos humanos, junto a la p\u00e9rdida en las pr\u00e1cticas sociales\u201d\u00a0(Magendzo, 1999)<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Seg\u00fan las cifras que entrega est\u00e1 pol\u00edtica, un n\u00famero significativo de hombres y mujeres imputados(as) y condenados(as) no han completado su educaci\u00f3n regular, cerca del 85% de las personas privadas de libertad\u00a0(Paz Ciudadana y Fundaci\u00f3n San Carlos del Maipo, 2015) por lo tanto el desaf\u00edo de cobertura y acceso es muy elevado, ya que la poblaci\u00f3n penal que debe acceder a educaci\u00f3n sobrepasa ampliamente a las vacantes que ofrecen los establecimientos educativos en contextos de encierro.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">En la Pol\u00edtica P\u00fablica de Reinserci\u00f3n Social se afirma que mediante el acceso a la alfabetizaci\u00f3n, nivelaci\u00f3n escolar o educaci\u00f3n t\u00e9cnico profesional se favorece y se hace m\u00e1s efectivo el proceso de reinserci\u00f3n social. Por esa raz\u00f3n, se ha focalizado el esfuerzo en la cobertura, puesto que en la actualidad hay 89 establecimientos penitenciarios propiamente tal, y en todos ellos se desarrollan procesos educativos. Estos procesos educativos son realizados por 72 establecimientos educacionales anidados al interior de c\u00e1rceles que imparten clases a nivel nacional. No obstante, existen mecanismos de selecci\u00f3n para el ingreso a un programa educativo, no basta que las personas privadas de libertad deseen participar. Ellos(as) deben entrar en un proceso que les selecciona de acuerdo a indicadores de buena conducta establecidos por gendarmer\u00eda. Pasando a un segundo plano las necesidades como estudiar para completar la educaci\u00f3n formal o quiz\u00e1s para aprender a leer y escribir, o simplemente para acceder a alg\u00fan beneficio.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Para la coordinaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de la educaci\u00f3n en contextos de encierro se conforma la mesa mixta entre el Ministerio de Educaci\u00f3n y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la que tiene la misi\u00f3n de instalar diversas acciones a nivel nacional y regional para brindar orientaciones al componente educativo. Esta coordinaci\u00f3n es liderada en lo educativo por la Coordinaci\u00f3n Nacional de Educaci\u00f3n de Personas J\u00f3venes y Adultas, de la Divisi\u00f3n General de Educaci\u00f3n, desde donde emana la propuesta \u201cEducaci\u00f3n para la libertad\u201d que tiene como objetivo central mejorar la calidad y pertinencia de los procesos educativos que se desarrollan en los centros educativos ubicados en contextos de encierro.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Tal propuesta, presenta dos grandes dimensiones, por un parte establecer las condiciones adecuadas para el desarrollo de los procesos educativos, promoviendo una mayor y mejor integraci\u00f3n entre el centro educativo y gendarmer\u00eda y por otra, contribuir a mejorar la calidad y pertinencia de los aprendizajes de los estudiantes, vinculando la educaci\u00f3n con la reinserci\u00f3n social. Esta experiencia inicia el 2001 con las regiones de Atacama, la Araucan\u00eda y el Maule, a las que se han ido sumando gradualmente el resto de las regiones del Pa\u00eds.\u00a0(Coordinaci\u00f3n Nacional de Educaci\u00f3n de Personas J\u00f3venes y adultas. Divisi\u00f3n de Educaci\u00f3n General. Ministerio de Educaci\u00f3n, 2018)<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">\u201cEducaci\u00f3n para la Libertad\u201d considera en su definici\u00f3n cuatro referentes como elementos fundamentales, estos son: a) las pol\u00edticas p\u00fablicas en materia de Educaci\u00f3n y Reinserci\u00f3n Social; b) la triple dependencia de los centros educativos, Gendarmer\u00eda de Chile en los funcional, el Sostenedor p\u00fablico o privado en lo administrativo y en lo t\u00e9cnico pedag\u00f3gico el Ministerio de Educaci\u00f3n; c) los docentes que se desempe\u00f1an en contextos educativos en el encierro deben tener caracter\u00edsticas particulares, por lo tanto requieren acompa\u00f1amientos espec\u00edficos; d) el convencimiento de que todos(as) las personas tienen derecho a una educaci\u00f3n de calidad.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Dicha propuesta, contempla aspectos relevantes a considerar en su desarrollo como la organizaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n mediante microcentros<a href=\"#_ftn2\" name=\"_ftnref2\">[2]<\/a>, la incorporaci\u00f3n de jornadas reflexivas, mediante la socializaci\u00f3n de experiencias entre docentes y tambi\u00e9n de capacitaci\u00f3n respondiendo a las necesidades expresadas por los docentes.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">El valor y sentido de la educaci\u00f3n para la pol\u00edtica de reinserci\u00f3n social,\u00a0 asume que la educaci\u00f3n en si misma posee cualidades que son capaces de generar en las personas privadas de libertad una transformaci\u00f3n, pero no cualquier transformaci\u00f3n, sino aquella que har\u00e1 que se conviertan en personas que no delincan, pues supone que la educaci\u00f3n provocar\u00e1 un cambio de vida,\u00a0 relacionado con la integraci\u00f3n plena al medio libre, esa sociedad que est\u00e1 fuera de la c\u00e1rcel, en otro territorio. En otras palabras, la educaci\u00f3n en contextos de encierro, surge desde y para la reinserci\u00f3n social y no para el desarrollo humano de quienes acceden a ella.<\/p>\n<h4 style=\"text-align: left;\"><strong>3. Reinserci\u00f3n Social, referentes y significados<\/strong><\/h4>\n<p style=\"text-align: left;\">La Reinserci\u00f3n Social es una nomenclatura usada ampliamente en el contexto relacionado a las personas privadas de libertad y sus implicancias. En torno a esta conceptualizaci\u00f3n y usos existen variadas perspectivas que representan pensamientos, \u00e9pocas y abordajes. En ese sentido, es importante declarar\u00a0 que \u00e9sta persigue la plena integraci\u00f3n\u00a0 a la sociedad de una persona que ha estado privada de libertad, pero carece de precisi\u00f3n en su definici\u00f3n, pues no describe lo que significa la \u201cplena integraci\u00f3n a la sociedad\u201d\u00a0(Bompadre, S\/F)<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">El concepto de Reinserci\u00f3n social presenta sus primeras nociones en documentos a finales del Siglo XVIII, cuando en medio del periodo de industrializaci\u00f3n la c\u00e1rcel se transform\u00f3 en un espacio de castigo y sanci\u00f3n penal\u00a0(Villagra, 2008). Condiciones tales como: hacinamiento, la educaci\u00f3n como un beneficio, las casi nulas oportunidades laborales y de vinculaci\u00f3n con la familia, son caracter\u00edsticas del sistema penitenciario chileno en la actualidad, las cuales no permiten que el proceso de transitar del encierro al medio libre pueda visibilizarse con claridad por aquellas personas privadas de libertad. En consecuencia, la oscuridad de este concepto impide el acceso\u00a0 a nuevas posibilidades de desarrollo en lo social, laboral y econ\u00f3mico.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Seg\u00fan Baratta (1986) \u201cLa reintegraci\u00f3n social del condenado significa, corregir las condiciones de la sociedad activa y de los grupos sociales de los que provienen, para que la vida post penitenciaria no signifique simplemente el regreso de la marginalidad secundaria\u00a0 a la primaria del propio grupo de pertenencia, y desde all\u00ed una vez m\u00e1s a la c\u00e1rcel\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">La perspectiva de la reinserci\u00f3n social responde a una concepci\u00f3n cuyo origen deviene de un estado de bienestar, y que en primera instancia aspiraba a nivelar la socializaci\u00f3n deficiente del preso, y de ah\u00ed que en su primer momento se hablaba de resocializaci\u00f3n y luego se fue extendiendo a otros conceptos como readaptaci\u00f3n social, re personalizaci\u00f3n, reeducaci\u00f3n, reinserci\u00f3n. Todos estos, apelan a la idea de un cierto tratamiento penitenciario, que se integra a un conjunto de saberes jur\u00eddicos, m\u00e9dicos, sociol\u00f3gicos, filos\u00f3ficos.\u00a0(Bompadre, S\/F)<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Estas ideolog\u00edas se remontan desde que el condenado era un desviado en el que el proceso de socializaci\u00f3n primaria hab\u00eda fracasado y se requer\u00eda que entrasen en juego los mecanismos de control social o resocializadores. Al \u201cdesbiologizarse\u201d o \u201csociologizarse\u201d el discurso del tratamiento prisional se multiplicaron las ideolog\u00edas re: re educaci\u00f3n, re socializaci\u00f3n, re adaptaci\u00f3n, re inserci\u00f3n re personalizaci\u00f3n, entre otras.\u00a0(Bompadre, S\/F)<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Estas ideolog\u00edas han sido propulsadas en general por el positivismo criminol\u00f3gico, respond\u00edan\u00a0 a que el preso es una suerte de aparato descompuesto o incompleto que deb\u00eda repararse. Por tal raz\u00f3n, el delito ser\u00e1 un s\u00edntoma de inferioridad que indicar\u00eda el estado y la necesidad de aplicar el beneficio o remedio social de la pena\u00a0(Zaffaroni, 2012) para componer o completar al sujeto para que pueda volver a la sociedad.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Este autor, refiere que estas ideolog\u00edas se desprenden de pr\u00e1cticas genocidas, que se cubrir\u00edan ideol\u00f3gicamente con el fracaso de las mismas, la cuesti\u00f3n es saber si esta actitud b\u00e1sicamente sana en lo \u00e9tico, es igualmente saludable en lo intelectual, o si m\u00e1s bien no encierra una trampa peligrosa; se elige entre dos males pero solo a nivel ideol\u00f3gico, puesto que como las ideolog\u00eda RE son impracticables, en la pr\u00e1ctica no hacen m\u00e1s que encubrir realidades igualmente genocidas, porque no tienen idoneidad para proporcionar comportamientos u orientaciones b\u00e1sicas a los operadores penitenciarios\u00a0(Zaffaroni, 2012)<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">En cuanto a lo jur\u00eddico, Salt (1999) se\u00f1ala que\u00a0 la vaguedad y falta de precisi\u00f3n de esta terminolog\u00eda, trae consecuencias relevantes para el preso: \u201ctodos los textos normativos de nuestro entorno cultural, han establecido, con diferentes f\u00f3rmulas, que la resocializaci\u00f3n, la reeducaci\u00f3n o la reinserci\u00f3n social, constituyen el fin principal de las penas de encierro. Sin embargo, nunca existi\u00f3 claridad ni acuerdo acerca del significado concreto de los t\u00e9rminos utilizados para expresar este principio o ideal resocializador y mucho menos, sobre las consecuencias dogm\u00e1ticas que deb\u00eda tener en el r\u00e9gimen penitenciario.\u00a0(Bompadre, S\/F)<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Por otra parte, Johnson (2018) dice que,\u201d la reinserci\u00f3n social es el resultado final de un proceso de aprendizaje y vinculaci\u00f3n de la persona excluida de la sociedad y su funcionamiento. Al ser un proceso, se entiende que ocurre en el tiempo y\u00a0 requiere, consideraciones de acercamiento del sujeto a un nuevo contexto, adaptabilidad y sentido de pertenencia a esos nuevos grupos en los cuales se identifique y se reconozca. Para llegar a esta etapa del proceso, es necesario que el sujeto haya sido part\u00edcipe de instancias educativas, capacitaci\u00f3n laboral, y rehabilitaci\u00f3n. Al mismo tiempo la reinserci\u00f3n requiere de un proceso de vinculaci\u00f3n efectivo y activo de la realidad cultural, econ\u00f3mica y social, que un sujeto realiza despu\u00e9s de un periodo de aislamiento.<\/p>\n<h4 style=\"text-align: left;\"><strong>4. La Educaci\u00f3n en Encierro y la supuesta \u201cfacultad\u201d\u00a0 para generar Re inserci\u00f3n Social<\/strong><\/h4>\n<p style=\"text-align: left;\">Una de las dimensiones m\u00e1s relevantes para la reinserci\u00f3n social de personas privadas de libertad es la educaci\u00f3n como derecho, en ella, est\u00e1 puesta la esperanza de que mediante la educaci\u00f3n se lograr\u00e1\u00a0 la integraci\u00f3n plena de estas personas a la sociedad, asign\u00e1ndole a la educaci\u00f3n la facultad y el poder para hacer que las personas privadas de libertad se re inserten socialmente, abandonando el delito, retornando al medio libre para desarrollar actividades apropiadas social y jur\u00eddicamente.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">La sobrevaloraci\u00f3n de la educaci\u00f3n y del impacto que puede llegar a tener en los sujetos(as) que han estado privados(as) de libertad y que participan de programas educativos, requiere reflexi\u00f3n para identificar por una parte, la trascendencia de la educaci\u00f3n como acto para la transformaci\u00f3n social y por otra, que la educaci\u00f3n solo brindar\u00e1 oportunidades de desarrollo humano, en la medida que dignifique mediante la calidad de sus procesos y sea situada no solo al estudiante y su contexto, sino tambi\u00e9n, identificando el lugar desde donde se sit\u00faa el docente y la instituci\u00f3n que educa.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">La educaci\u00f3n es hoy, como siempre, un espacio de confrontaci\u00f3n y disputa, un terreno de lucha, en donde existen intereses en pugna, visiones y expectativas que se enfrentan. Las realidades sociales, los junta, los funde y los confunde. En ese sentido, \u201cla educaci\u00f3n no interesa a todos de la misma forma y ese es el problema, ponernos de acuerdo es un tema de fuerza, de poder, el resto es mera ilusi\u00f3n\u201d.\u00a0(Gentili, 2012)<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Las tensiones conceptuales y val\u00f3ricas producto de la reconceptualizaci\u00f3n de la educaci\u00f3n desde la econom\u00eda en la \u00faltima d\u00e9cada; los conceptos que dominan la reflexi\u00f3n de la pol\u00edtica educativa tienen su ra\u00edz en la econom\u00eda, desde all\u00ed surgen conceptos tales como la eficiencia, la eficacia, la evaluaci\u00f3n, la productividad, competitividad, incentivos\u00a0(Casassus, 2000) conceptos que definen el c\u00f3mo se dise\u00f1an las pol\u00edticas y las acciones que incorporen la educaci\u00f3n como mecanismo de reinserci\u00f3n social.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">El enfoque educativo erigido por est\u00e1ndares econ\u00f3micos, establece cu\u00e1les son los intereses de educar a los que han estado privados de libertad. Intereses que nada tienen que ver con el generar instancias para el desarrollo humano de estas personas, sino m\u00e1s bien, estos intereses descansan en el necesidad de que \u00e9stos sujetos(as) produzcan y se sostengan, aporten al crecimiento econ\u00f3mico del Pa\u00eds y dejen de ser un gasto p\u00fablico.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">El derecho internacional a trav\u00e9s de instrumentos que han sido suscritos por Chile, ha establecido\u00a0 alcances y \u00e9nfasis que deben guiar a los estados en el desarrollo de pol\u00edticas penitenciarias con miras a la reinserci\u00f3n social. Se\u00f1alando que, para el logro de este objetivo se requiere de una pol\u00edtica de Estado intersectorial, capaz de hacer dialogar los intereses del sistema de justicia criminal, con los de la sociedad civil y los de seguridad p\u00fablica.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Asimismo, la educaci\u00f3n en encierro no puede invisibilizar los muros que separan la c\u00e1rcel del medio libre, muros que excluyen y apresan a las personas que permanecen ah\u00ed dentro, llenos de indignidad, injusticia social, pobreza y maltrato. Estos muros son esencialmente econ\u00f3micos y culturales, ya que se apresa mayoritariamente a personas de niveles socioecon\u00f3micos pobres, que por lo general nacen, crecen y se desarrollan en una cultura vinculada al delito.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">En este contexto es donde se\u00a0 pretende educar, aparentando que es suficiente contar con un contenido, un profesional de la educaci\u00f3n, un lugar llamado escuela y la autorizaci\u00f3n pol\u00edtica para hacerlo mediante un curr\u00edculo oficial, desplegando acciones como garant\u00edas de la educaci\u00f3n como derecho, sin ninguna verg\u00fcenza o cuestionamiento del contexto carcelario y sus miserias, las que vulneran la condici\u00f3n humana en todas sus dimensiones. Situaci\u00f3n que se justifica porque resguarda el acceso, pero expone al estudiante a perder su condici\u00f3n de persona posible de potenciar.<\/p>\n<blockquote>\n<p>Esta postura de an\u00e1lisis y reflexi\u00f3n cr\u00edtica en el curriculum, no solo debe guiar la defensa de acceso y ejercicio de los derechos econ\u00f3micos, legales y culturales de los profesores, estudiantes y dem\u00e1s actores de la comunidad educativa, sino detenerse y evaluar cr\u00edticamente las finalidades de los modelos terap\u00e9uticos que se implementan en la educaci\u00f3n, bajo la excusa de cambiar a un individuo sin tener en cuenta las condiciones y estructuras socio\u2013 culturales de la escuela y del contexto en la que se encuentra inserta\u00a0(Sep\u00falveda, 2016)<\/p>\n<\/blockquote>\n<p style=\"text-align: left;\">Creer que el derecho a educaci\u00f3n es garantizado porque existe un programa educativo y un curriculum que lo sostiene como respaldo oficial,\u00a0 y que,\u00a0 quienes lo imparten mediante una acci\u00f3n trasmisiva y sin sentido ser\u00e1n los garantes del aprendizaje, resulta una perspectiva que no considera al estudiante como gestor de su propio desarrollo, ya que su foco est\u00e1 puesto en realidades externas al sujeto(a) que aprende.\u00a0<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">En la perspectiva deseable, el posicionamiento de la educaci\u00f3n como derecho\u00a0 asume en sus prop\u00f3sitos que determinar\u00e1 la trascendencia del acto educativo m\u00e1s all\u00e1 de la trasmisi\u00f3n de desajustados contenidos curriculares, que no responden a la historia de vida de los y las estudiantes en encierro y su necesidad de aprender y desarrollarse, sino en intencionar acciones educativas liberadoras y potenciadoras de esas historias particulares de vida. \u201cYa que la Educaci\u00f3n tiene car\u00e1cter permanente, todos estamos educ\u00e1ndonos. Todo saber humano tiene en s\u00ed el testimonio del nuevo saber\u201d\u00a0(Freire, 2002)<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Para garantizar la educaci\u00f3n como derecho es necesario que exista un sistema relacional de legitimaci\u00f3n hacia el ser humano que encarna al estudiante, proveyendo espacios que tributen a lo elemental para el desarrollo de las personas. Un lugar seguro, habitable, donde las interacciones, el di\u00e1logo y el respeto sean visibles, no solo entre el docente y el estudiante, sino tambi\u00e9n entre aquellos que tienen el poder para decidir y ejecutar fuera y dentro de los establecimientos educativos y penitenciarios.<\/p>\n<blockquote>\n<p>La legitimaci\u00f3n de los valores en la convivencia no se aprende ni se ense\u00f1a, se viven y el aprender es convivir, es decir, se da de una manera o de otra, en la transformaci\u00f3n que tiene lugar en la convivencia y consiste en vivir el mundo que surge con el otro\u00a0(Maturana, 1996)<\/p>\n<\/blockquote>\n<p style=\"text-align: left;\">Es fundamental que la educaci\u00f3n desde un enfoque de derechos ofrezca oportunidades a cada estudiante para recuperarse a s\u00ed mismo, como un sujeto\u00a0 hist\u00f3rico, reconociendo tambi\u00e9n que no fue fruto de la casualidad o de la causalidad de otros, sino que es consecuencia de decisiones personales m\u00e1s o menos conscientes. El proceso educativo para ser transformador debe levantar a un primer plano la conciencia de s\u00ed mismo \u00a0y de la capacidad de decidir mediante actividades que promuevan el pensamiento cr\u00edtico y autocr\u00edtico desde la construcci\u00f3n individual y colectiva.\u00a0(Zemelman, 1992)<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">La educaci\u00f3n en encierro debe creer en la potencialidad del sujeto y en la ocurrencia de aquello que nadie cree que ocurrir\u00e1, en otras palabras, debe despojarse de\u00a0 los estigmas de esos(as) estudiantes que est\u00e1n presos en una c\u00e1rcel y proveer otras explicaciones sobre las caracter\u00edsticas de sus estudiantes y c\u00f3mo estas pueden o no incidir en su aprendizaje.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Un factor vital para que la educaci\u00f3n sea de calidad, es que la categor\u00eda de aprendiz sea reconocida como inherente al estudiante, sin perjuicios que determinen el quehacer pedag\u00f3gico\/educativo, puesto que al declarar supuestos sobre la condici\u00f3n de los estudiantes que se encuentran privados de libertad, tales como: \u201cno les interesa aprender\u201d, \u201cson flojos\u201d, \u201cson pobres\u201d, \u201cadictos\u201d, \u201ctienen problemas de salud mental\u201d, \u201cpresentan deprivaci\u00f3n socio cultural\u201d, \u201cpresentan dificultades para aprender\u201d, se genera un abordaje educativo que determina acciones relativas a dichas etiquetas y no al sujeto que debe potenciarse en relaci\u00f3n asimismo y no en relaci\u00f3n a los est\u00e1ndares o al deber ser de un estudiante. (Ib\u00e1\u00f1ez, 1996)<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Sin duda, muchas de las caracter\u00edsticas mencionadas en forma de etiquetas son reales, pero la consideraci\u00f3n de ellas debe ser mediante un lente potenciador y no como un sesgo que limite el hacer educativo y las proyecciones del estudiante. Si la consideraci\u00f3n de estas caracter\u00edsticas opera para potenciar a los(as) estudiantes,\u00a0 la educaci\u00f3n en contextos de encierro se ir\u00e1 aproximando a ser cada vez m\u00e1s pertinente tanto en lo cultural como en lo pol\u00edtico.<\/p>\n<h4 style=\"text-align: left;\"><strong>5. \u00bfExiste un lugar llamado sociedad y otro en donde transitan los marginados que han estado privados de libertad por infringir la ley? \u00bfC\u00f3mo se RE inserta socialmente a aquellos que siempre han sido parte de la sociedad? <\/strong><\/h4>\n<p style=\"text-align: left;\">De acuerdo a las l\u00f3gicas planteadas por la Pol\u00edtica P\u00fablica de Re inserci\u00f3n Social, los que han cometido delito no son parte de la sociedad. En ese sentido, se plantea una territorialidad diferente, demarcada por l\u00edmites f\u00edsicos pero tambi\u00e9n pol\u00edticos y sociales,\u00a0(Schmitt, s\/f) puesto que se habla de reintegraci\u00f3n y de reinserci\u00f3n, cuando lo que se quiere decir es que salgan de la c\u00e1rcel y retornen al medio libre.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Revisar el concepto de Reinserci\u00f3n Social, cu\u00e1les son sus fines y c\u00f3mo \u00e9ste opera en la construcci\u00f3n, instalaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas\u00a0 en Chile para personas que han transitado por contextos de encierro, amerita un esfuerzo mayor, que re\u00fana a diversos actores sociales, para escucharlos y reconocerlos, principalmente a aquellos que no tienen voz ni lugar de enunciaci\u00f3n,\u00a0(Spivak, 2003) los propios privados(as) de libertad.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">La creencia social y pol\u00edtica presenta a las personas privadas de libertad como aquellos que han optado por una vida delictual \u201cabandonando\u201d su lugar dentro de la sociedad,\u00a0 que seg\u00fan estas l\u00f3gicas populares,\u00a0 proyectan espacios y lugares diferentes, en donde se ubican a los\u00a0 marginados y a los incluidos socialmente, como si estos espacios territoriales y pol\u00edticos existieran en lugares aislados, que no conviven ni coexisten.\u00a0(Foucault, 2002)<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Las personas privadas de libertad se encuentran en un lugar que sigue siendo parte del tejido social siendo este lugar, la imagen m\u00e1s representativa de la sociedad que se ha construido. Una sociedad que\u00a0 valida el castigo y la transgresi\u00f3n de los derechos humanos de algunas personas. Asumiendo que tiene el privilegio, el derecho y el deber de castigar, ejerci\u00e9ndolo sin ning\u00fan pudor ni sentido de lo humano.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Esta ceguera pol\u00edtica que es alentada y asumida por todos(as) quienes componen la sociedad, es la causa de la descarnada y cruel realidad que viven miles y miles de personas que han cometido delito, y que se encuentran en el frente de castigo sin posibilidades de descubrir y conocer modos de vida dignos, en donde puedan participar y pertenecer.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">La p\u00e9rdida de todos los derechos humanos que conlleva la privaci\u00f3n de libertad y la lucha por recuperarlos ha sido la mayor y m\u00e1s contundente evidencia que la c\u00e1rcel es un lugar de disputa social, aun y cuando quiera negarse.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Los discursos pol\u00edticos plantean que en la c\u00e1rcel, se opera desde el respeto a los derechos fundamentales, pero en realidad, las vivencias al interior de la c\u00e1rcel son insoportables, inhumanas, aunque muchos la resisten f\u00edsicamente, deja da\u00f1os y desgastes irremediables en sus dimensiones sociales, emocionales, afectivas y espirituales. \u201cLa pobreza, la tiran\u00eda, la represi\u00f3n atenta contra toda posibilidad de desarrollo humano como medio de expansi\u00f3n y libertad\u201d. (Sen, 2000) Permanecer en el supuesto que el castigo y la crueldad actuar\u00e1n como ese refuerzo que posibilitar\u00e1 nuevos y adecuados comportamientos sociales, comportamientos respetuosos de la legalidad y las normativas vigentes se constituye en un argumento falaz, que no cuenta con respaldo te\u00f3rico y tampoco experiencial.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Considerar la c\u00e1rcel y\u00a0 las personas que transitan por ah\u00ed como parte de nuestro tejido social, resulta fundamental para identificar aquellos factores que generan marginaci\u00f3n y exclusi\u00f3n social en uno de los grupos m\u00e1s vulnerables de la sociedad chilena.\u00a0 Esta consideraci\u00f3n derribar\u00e1 ese muro que ha dividido enga\u00f1osamente nuestra organizaci\u00f3n social, haciendo creer que existe un lugar llamado sociedad en el cual viven algunos que responden a ciertos par\u00e1metros sociales, legales y normativos y quienes no responden a esos par\u00e1metros, van a otro lugar llamado c\u00e1rcel en donde pierden su condici\u00f3n de seres sociales y deben ser asistidos para que puedan recuperarla.<\/p>\n<h4 style=\"text-align: left;\"><strong>6. Conclusiones<\/strong><\/h4>\n<p style=\"text-align: left;\">La Reinserci\u00f3n Social de las Personas Privadas de libertad como mecanismo de integraci\u00f3n plena a la sociedad, se constituye en un deber del Estado, el cual debe proveer todas las instancias para que esto ocurra, iniciando por reconocer que el espacio carcelario no solo es deficiente sino que vulnera\u00a0 los derechos humanos, por lo tanto, un lugar como este dif\u00edcilmente puede ser un espacio para la resocializaci\u00f3n y la reinserci\u00f3n, y menos a\u00fan para educarse y transformarse.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">La compleja dualidad de funciones que debe garantizar la c\u00e1rcel, el encierro y quienes la administran, representa paradigmas diferentes y opuestos entre s\u00ed. Aspirar por un lado a castigar y custodiar desde el encierro y por otro lado, contribuir a educar y reinsertar en el mismo espacio carcelario, con los mismos funcionarios, los que poseen una formaci\u00f3n que les posiciona para vigilar, resulta un mandato confuso de ejecutar.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Mirar el encarcelamiento y el retorno al medio libre como una coexistencia simult\u00e1nea, en donde el intercambio social sigue ocurriendo, permitir\u00e1 de cierta manera el desarrollo de pol\u00edticas pertinentes, intersectoriales y con perspectiva de sistema, esto,\u00a0 iluminar\u00e1 no solo la problem\u00e1tica para entenderla con claridad, sino tambi\u00e9n, generar\u00e1 acciones que respondan al proceso de transformaci\u00f3n esperado, contemplando los factores que incidieron como desencadenantes de las acciones delictivas para considerarlas en el proceso de abandonar el delito como modo de vida.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">La actual pol\u00edtica de Reinserci\u00f3n Social de Personas Privadas de Libertad, plantea que la educaci\u00f3n es un derecho y un eje fundamental para\u00a0 reinsertar socialmente a aquellos(as) que han cometido delitos y que se encuentran privados de libertad. Supone en sus planteamientos, que la educaci\u00f3n tiene la facultad de incidir en el abandono del delito, independiente de d\u00f3nde o c\u00f3mo se implemente. Tales supuestos deben sostenerse con mecanismos que acompa\u00f1en y provean de condiciones adecuadas para desarrollar acciones educativas de calidad que contribuyan ciertamente a la reinserci\u00f3n social.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">La educaci\u00f3n para personas privadas de libertad debe contemplarse como un proceso que ofrece experiencias con sentido, en un sistema de relaciones contextualizadas y situadas desde y para el estudiante. Debe ser pertinente curricularmente, con contenidos, metodolog\u00edas e interacciones que reconozcan al estudiante como leg\u00edtimo aprendiz, por lo tanto, como sujeto capaz de transformarse.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">El acto educativo, aunque se presenta en la pol\u00edtica p\u00fablica de Reinserci\u00f3n y en los discursos pol\u00edticos como uno de los factores m\u00e1s importantes dentro del proceso, declarando que tiene un enfoque de derechos, no\u00a0 considera ni en su dise\u00f1o ni en su implementaci\u00f3n el reconocimiento al valor humano y al desarrollo de \u00e9ste, puesto que no advierte que el contexto carcelario en el cual se anidan los establecimientos y programas educativos, son espacios que no dignifican.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Es en este escenario en donde se pretende replicar la educaci\u00f3n del medio libre, con el mismo curr\u00edculo y con profesionales de la educaci\u00f3n que\u00a0 no cuentan\u00a0 con formaci\u00f3n para desempe\u00f1arse en ese contexto, en\u00a0 el cual se atiende a la diversidad sociocultural de nuestro Pa\u00eds que resulta ser uno de los grupos m\u00e1s castigados y marginados socialmente, se requiere de un quehacer educativo aut\u00e9ntico, de calidad y pertinente, que promueva el pensamiento y la comprensi\u00f3n del mundo social, pol\u00edtico y econ\u00f3mico en el cual se vive, mediante acciones que trasciendan lo t\u00e9cnico.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">La educaci\u00f3n en encierro no debe presentarse como un beneficio al que se debe acceder mediante procesos de selecci\u00f3n que tienen criterios levantados por gendarmer\u00eda y que tributan a lo que estos funcionarios determinan como buena conducta, negando la trascendencia del acto educativo y el protagonismo que debiesen tener las personas que van a participar de estos proceso educativos.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Tanto en las pol\u00edticas p\u00fablicas de reinserci\u00f3n social como en las acciones desplegadas se debe reconocer y valorar el protagonismo de las personas que han estado privadas de libertad en el proceso, dejando de verles como v\u00edctimas o como seres enfermos o malvados, ni lo uno ni lo otro, pues el concepto que se tiene de ellos(as) y la relaci\u00f3n que se establezca con ellos(as) y para ellos(as) ser\u00e1 determinante para que puedan asumirse como aprendices y sujetos con conciencia de s\u00ed mismos, de sus actos y del entorno que les rodea.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Si se considerar\u00e1n acciones rigurosas y trasparentes desde lo pol\u00edtico, lo social y lo educativo, acciones que reconozcan a\u00a0 las personas que est\u00e1n o han estado privadas de libertad y a su contexto socio cultural con abordajes respetuosos de las trayectorias de vida, promoviendo la participaci\u00f3n democr\u00e1tica y el goce de la equidad como derecho, podr\u00edan\u00a0 emerger transformaciones aut\u00e9nticas, como consecuencia de ser parte del tejido social.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">En este sentido, se puede concluir que existe en los supuestos de \u00e9sta pol\u00edtica, creencias sobre un espacio social donde habitan las personas en el medio libre como una clase que se encuentra dentro de la sociedad y otra que se encuentra fuera, en espacios \u00a0sociales con territorios no compartidos.\u00a0 Estos supuestos obstaculizan la creaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas que respondan ajustadamente a las necesidades de dichas personas, las cuales transitan y permanecen en el tejido social que se compone\u00a0 a su vez por el medio libre y el encierro.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Entonces, las personas privadas de libertad representan a los marginados y los que trabajan para sacarlos de la marginaci\u00f3n representan a todos aquellos que deben generar acciones para retornar a los marginados a un sistema que fue transgredido. Discursos que\u00a0 nos presentan a grupos que transitan por espacios diferentes y separados por l\u00edmites llamados oportunidades, recursos, justicia, equidad,\u00a0 realzando mucho m\u00e1s la valoraci\u00f3n de algunos por sobre los otros.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">\u00a0En fin, los marginados, los internos de la c\u00e1rcel, los infractores de ley, no est\u00e1n fuera del sistema social, ellos son parte, nunca se han ido, y los que est\u00e1n en el medio libre, con recursos y con poder, no se encuentran en un nivel o realidad diferente; es un mismo escenario, todo eso es la sociedad, convivimos, coexistimos juntos en el mismo lugar. Pero llegamos ah\u00ed por rutas diferentes, con diversos or\u00edgenes y causas.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Reconocer el car\u00e1cter procesual y sist\u00e9mico en el que viven las personas que transitan por contextos de encierro por cometer delito, ser\u00e1 un acto pol\u00edtico decisivo para avanzar en la construcci\u00f3n de un pa\u00eds con miras a la inclusi\u00f3n social y al desarrollo humano de todos(as) quienes lo integran. Dicho de otro modo, es una tarea prioritaria definir la problem\u00e1tica en t\u00e9rminos sociales, culturales y pol\u00edticos; identificando responsabilidades; revisando la jurisprudencia y su pertinencia a la \u00e9poca;\u00a0 identificando con\u00a0 trasparencia cuales son\u00a0 los intereses que motivan esta pol\u00edtica y sus limitaciones, la cual no solo debe atender la problem\u00e1tica desde la necesidad sino tambi\u00e9n desde el derecho.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Finalmente, los discursos que est\u00e1n presentes en los\u00a0 pronunciamientos pol\u00edticos y tambi\u00e9n presente en tratados y declaraciones nacionales e internacionales sobre derechos humanos,\u00a0 deben reconocer\u00a0 el contexto y respetar las garant\u00edas de implementaci\u00f3n con compromiso para ejecutar rigurosamente, con el fin de dignificar y\u00a0 transformar las condiciones de vida que llevaron a esas personas a cometer delito.<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\"><a href=\"#_ftnref1\" name=\"_ftn1\">[1]<\/a> Ley Org\u00e1nica de Gendarmer\u00eda de Chile. 1979. Decreto 2. 859.\u201dGendarmer\u00eda de Chile es un servicio p\u00fablico dependiente del Ministerio de Justicia que tiene por finalidad atender, vigilar y contribuir a la reinserci\u00f3n\u00a0 social de las personas privadas de libertad, que por resoluci\u00f3n de autoridades competentes, fueren detenidas o privadas de libertad y cumplir las dem\u00e1s funciones que le se\u00f1ale la ley\u201d<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\"><a href=\"#_ftnref2\" name=\"_ftn2\">[2]<\/a> Unidad compuesta por docentes y profesionales GENCHI, entre los que se cuentan civiles y uniformados vinculados a la rehabilitaci\u00f3n de los internos, que se desempe\u00f1an en una o m\u00e1s de una unidad penitenciaria. La condici\u00f3n fue que el n\u00famero y la cercan\u00eda geogr\u00e1fica permitiera las reuniones, por lo menos una vez al mes. Para facilitar este trabajo, la coordinaci\u00f3n EPJA proporcion\u00f3 los recursos t\u00e9cnicos pedag\u00f3gicos, financieros y administrativos.<\/p>\n[\/et_pb_text][\/et_pb_column][\/et_pb_row][\/et_pb_section][et_pb_section fb_built=&#8221;1&#8243; _builder_version=&#8221;3.24&#8243; custom_padding=&#8221;0px||0px|||&#8221;][et_pb_row _builder_version=&#8221;3.25&#8243; custom_padding=&#8221;||0px|||&#8221;][et_pb_column type=&#8221;4_4&#8243; _builder_version=&#8221;3.25&#8243; custom_padding=&#8221;|||&#8221; custom_padding__hover=&#8221;|||&#8221;][et_pb_text admin_label=&#8221;Referencias bibliogr\u00e1ficas&#8221; _builder_version=&#8221;4.0.11&#8243;]\n<h3>Referencias bibliogr\u00e1ficas<\/h3>\n<ul>\n<li>Baratta, A. (1986). <em>Criminolog\u00eda y Sistema Penal.<\/em> Montevideo-Buenos Aires: B de F.<\/li>\n<li>(S\/F). <em>Pardigmas &#8220;RE&#8221; auge y ca\u00edda de un mito. S\/F. Recuperado el 08 de diciembre del sitio web http:\/\/derecho-areplica.blogspot.com.<\/em><\/li>\n<li>Casassus, J. (2000). <em>Problemas de la Gesti\u00f3n Educativa en Latinoam\u00e9rica.<\/em><\/li>\n<li>Clausso, A. (1993). An\u00e1lisis documental: el an\u00e1lisi formal. <em>Revista general de informaci\u00f3n y documentaci\u00f3n, 3<\/em>(1), 11-19.<\/li>\n<li>Comit\u00e9 Reinserci\u00f3n Social. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. (2017). <em>Pol\u00edtica de Reinserci\u00f3n Social.<\/em> Chile.<\/li>\n<li>Coordinaci\u00f3n Nacional de Educaci\u00f3n de Personas J\u00f3venes y adultas. Divisi\u00f3n de Educaci\u00f3n General. Ministerio de Educaci\u00f3n. (2018). <em>Educaci\u00f3n para la Libertad.<\/em> Chile.<\/li>\n<li>(2012). <em>Informe final de evaluaci\u00f3n de programas de Reinserci\u00f3n Social.<\/em><\/li>\n<li>Droppelman, C. (2010). Trayectorias Delictuales. <em>derecho penitenciario<\/em>.<\/li>\n<li>Foucault, M. 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